08 de Noviembre, 2014 |
JURISPRUDENCIA O PRECEDENTE |
Autor:
bgv065, 16:18, guardado en
actualidad |
La decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo tendrá consecuencias casi inmediatas en varios distritos, pues ordenó no aplicar la tasa sobre la venta de combustibles en San Miguel del Monte.
La Cámara consideró “irrazonable” la aplicación de la llamada “Tasa de Mantenimiento Vial Municipal”, al rechazar un recurso de apelación presentado por el municipio contra un fallo del juez platense Luis Arias.
En el fallo de Arias, ahora retomado por la Cámara, el juez de primera instancia ordenó suspender la aplicación de la ordenanza Nº 3973 porque infringiría el Régimen de Coparticipación Federal mediante el cual el Estado provincial se compromete a no establecer gravámenes locales sobre los combustibles líquidos y no gravar a los lubricantes con impuesto alguno, extendiendo tal compromiso a los municipios.
En varios municipios, fundamentalmente opositores, se venía aplicando como recurso para recaudar, lo que generó controversias. Provincia anticipó que incluirá un artículo en el Presupuesto 2015 con el objetivo de que no se puedan llevar a cabo futuras implementaciones. Comentarios (0)
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Roberto Barozzi
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