El Gobierno aumenta el control en las operaciones de compraventa de vehículos por un valor superior a los $350.000. Según la Disposición 446 de la Subdirección de Registros Nacionales de la Propiedad Automotor (DRNPA), publicada hoy en el Boletín Oficial, es para combatir el lavado de dinero.
La medida obliga a las partes a dar detalles de su situación financiera y tributaria y recomienda informar "cuando haya elementos que lleven a suponer que un cliente no actúa por cuenta propia".
Se establece una especial atención en "la cancelación anticipada de prendas en un período inferior a seis meses y su reinscripción sobre el mismo bien, sin razón que lo justifique" y se pretende vigilar los casos de "operaciones sucesivas sobre un mismo bien en el plazo de un año, cuando la diferencia de precio de la primera operación sea de 30 por ciento o más".
La disposición prevé los controles para todas las personas físicas o jurídicas que realicen "trámites, ante los Registros Seccionales de inscripción inicial, transferencia, constitución y cancelación anticipada de prenda, ya sea una vez, ocasionalmente o de manera habitual, relacionados con motovehículos de dos, tres o cuatro ruedas de 300 centímetros cúbicos de cilindrada o superior".
Entre otros, la medida involucra a automóviles, tractores, maquinaria agrícola y vial autopropulsados, camiones, ómnibus y microómnibus.